LO QUE REALMENTE ESTÁ EN JUEGO CON EL REGLAMENTO ELÉCTRICO
19 de junio de 2025

Por Raquel Carrero, gerente general de la Asociación de Energías Renovables.En los últimos días han surgido opiniones algo alarmistas sobre la reglamentación de la Ley N.º 32249 y frente a ese ruido, conviene volver a los hechos. Actualmente, el Ministerio de Energía y Minas se encuentra finalizando el reglamento tras un proceso amplio de consulta pública y lo más importante es que se mantenga fiel al espíritu y al texto de la ley, ya aprobada y vigente.La Ley 32249, promulgada a inicios de este año, introdujo cambios a la Ley 28832 para resolver una injusticia que afecta a millones de peruanos: los usuarios regulados -es decir, los hogares y pequeños negocios- que pagan tarifas de electricidad hasta 40% más altas que las grandes industrias. ¿La razón? El sistema de licitaciones vigente no permitía trasladar al ciudadano los beneficios de los menores costos de generación con energía solar o eólica.Para corregir esta situación, la ley estableció dos medidas concretas: separar la compra de energía de la compra de potencia y realizar licitaciones por bloques horarios -por ejemplo, horas de base, horas de media y horas de punta-. De esta manera, se impulsa la entrada de tecnologías más limpias y eficientes y se fomenta la competencia. Esto no es una interpretación: queda expresado con total claridad en la norma. Por tanto, el reglamento debe desarrollar estas disposiciones, no desnaturalizarlas ni revertirlas a favor de quienes proponen, por ejemplo, bloques de 24 horas, opción que la ley no contempla y que carecería de sentido.

  • [Gestión,Pág. 8]
  • /