El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció que los empleadores deben permitir el ingreso de los inspectores al centro de trabajo en un tiempo que no exceda los diez minutos de haberse notificado su presencia, de lo contrario, se presumirá como verdaderos los hechos denunciados por los trabajadores. De esta manera, el MTPE iniciará el procedimiento administrativo sancionador a la empresa, de ser el caso. Dichas medidas complementarias fueron establecidas por el MTPE, mediante un decreto supremo, para fortalecer la capacidad de los inspectores laborales en todo el país. Además, el empleador que perturbe, retrase o impida el ejercicio de las funciones de inspección, podrá ser sujeto de denuncia por delito contra la administración pública, sin perjuicio de las sanciones administrativas que corresponda.