No le quedó otro camino que dar marcha atrás. Dos semanas después y con una interpelación en la puerta, el ministro de Energía y Minas (Minem), Jorge Montero, derogó la disposición del Decreto Supremo N.° 009-2025-EM, que permitía que el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) fuera hereditario, es decir, transferible de padres a hijos, como si se tratase de un inmueble. Como se recuerda, Perú21 adelantó en febrero que el Ejecutivo preparaba una norma que convertiría el Reinfo en un documento transferible por herencia.El artículo 3 del D.S. N.° 010-2025-EM, publicado ayer, establece la derogación de la tercera disposición complementaria final del D.S. N.° 018-2017-EM, modificada por el D.S. N.° 009-2025-EM, que autorizaba la sucesión de la titularidad del Reinfo en caso de fallecimiento del minero informal titular de la concesión minera.El texto derogado señalaba textualmente: "Se puede transferir por sucesión la titularidad de la inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera cuando fallece el minero informal titular de la concesión minera declarada en el registro que corresponda".