MUNICIPALIDADES DONDE HAY ADUANAS RECIBIRÁN AL MENOS 3% DE LO RECAUDADO
30 de mayo de 2025

Las municipalidades provinciales y distritales donde se ubiquen aduanas marítimas, aéreas, postales, fluviales, lacustres o terrestres; tendrán derecho a recibir como mínimo el 3% de los ingresos generados por dichas operaciones, según el nuevo reglamento de la Ley N° 27613. Esta normativa de la Ley de la Participación en Renta de Aduanas se estableció a través del Decreto Supremo Nº 104-2025-EF, tras su modificación en la Ley Nº 32278, que crea el Fondo Social para el Desarrollo de Chancay.

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