DUPLICAN INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO
16 de enero de 2007

Luego de una maratónica sesión, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó 16 artículos más de la Ley General del Trabajo (LGT), quedan pendientes 12 por debatir y unos 14 artículos cuyos debates ya se realizaron y solo falta consensuar en torno a la redacción. Un punto que a criterio de los empresarios es radical, pero los trabajadores califican de positivo el aumento de las indemnizaciones de 12 a 24 sueldos. Aprobaron que la indemnización mínima será equivalente a 90 días de remuneración, es decir, 3 sueldos. Se fijó que el pago de las indemnizaciones sea en base a 45 días de remuneraciones ordinarias por cada año completo de servicios hasta un máximo de ocho años. Si el trabajador laboró más de 8 años, a partir del noveno año, se pagará una remuneración ordinaria por cada año adicional hasta un máximo de ocho años. A partir del año 17 se pagará medio sueldo por cada año adicional, hasta un máximo de ocho años.