No va más. El cuestionado "procedimiento disciplinario inmediato", aplicado de forma exprés para sancionar o destituir a jueces y fiscales desde el 2020, ha sido descartado por la actual gestión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en respuesta a dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC) -83/2025 y 84/2025-.En ambas resoluciones, publicadas el 7 de marzo último, se declara la inconstitucionalidad de dicho mecanismo debido a que este prescinde de la "investigación preliminar" y, por consiguiente, vulnera el debido proceso. Los citados procedimientos inmediatos, por separado, habían concluido en la destitución de los exjueces supremos titulares Aldo Figueroa y Víctor Ticona tras relacionarlos con el caso Los Cuellos Blancos del Puerto. Solo el primero, sin embargo, será repuesto en el cargo debido a que el segundo magistrado, expresidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), superó el límite de edad para ejercer dichas funciones. (Edición sábado).