TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROHÍBE AL ESTADO CREAR NORMAS QUE EXIMAN DE RESPONSABILIDAD PENAL A MINEROS DEL REINFO
23 de abril de 2025

El Tribunal Constitucional (TC) dispuso que el Estado se abstenga de crear un marco jurídico-normativo de exención de responsabilidades penales (delitos ambientales), civiles y administrativas en el proceso de formalización minera, la prórroga del régimen transitorio y en cualquier política pública que regule dicha actividad de manera permanente. Fue al declarar, por mayoría, improcedente la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Abogados de Loreto contra los artículos 1 y 2 de la Ley 31388, ley que prorroga la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), por sustracción de la materia. En los fundamentos, el TC advierte que no resulta constitucionalmente amparable que se regule un marco de exención penal, referido a los delitos ambientales, en ningún proceso de formalización minera, ni en ninguna prórroga del régimen transitorio, ni en ninguna política pública que regule dicha actividad de manera permanente, en la medida que existe un deber estatal de garantizar el derecho a un medio ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la persona.