Las empresas que se dedican a la explotación de plataformas tecnológicas de juegos a distancia y/o de apuestas deportivas a distancia, así como a la explotación de salas de juegos de apuestas deportivas a distancia, son sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Superintedencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Pero, según la SBS, la supervisión de esas plataformas está a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).Por ello, la SBS publicó un proyecto de norma para prevenir el lavado de activo y el financiamiento al terrorismo ( LA/ FT) aplicable a las empresas que se dedican a la explotación de dichas plataformas. El regulador precisó que el objetivo del proyecto es lograr que ese sector implemente sus sistemas de prevención del LA/FT, considerando los estándares internacionales y las mejores prácticas contra estos delitos.