Si bien el Banco Central de Reserva (BCR) amplió en noviembre, el límite de inversión de los fondos de pensiones en el exterior de 10.5% a 12%, quedaban algunos ajustes que hacer para garantizar la buena inversión de los recursos de los afiliados, por parte de las AFP. En ese sentido, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), publicó el reglamento que regirá estas inversiones a partir de hoy. A través de la norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la SBS establece instrumentos y operaciones elegibles que las AFP pueden emplear para invertir: instrumentos representativos, de derechos sobre obligaciones de corto plazo, o activos en efectivo; instrumentos representativos de derecho sobre obligaciones o títulos de deuda; instrumentos representativos de derechos sobre participación patrimonial o títulos accionarios, e instrumentos derivados para cobertura.