Aunque ha reabierto las heridas producidas por el terrorismo, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la matanza en el penal Miguel Castro Castro no contiene nada fuera de sus lineamientos usuales: una reparación económica y el reconocimiento público de la violación de los derechos humanos de las víctimas. Fue desde la judicatura, sin embargo, de donde salieron las voces discrepantes que, olvidando la adhesión del Perú al Pacto de San José y el reconocimiento del Estado sobre los ilícitos cometidos en este caso, instaron a no cumplir la sentencia que tiene carácter inapelable y obligatorio.El presidente de la Corte Superior, Ángel Romero Díaz, calificó de "nula o inejecutable" la sentencia pues, a su criterio, los miembros del organismo supranacional se excedieron en cuanto a los términos de la misma, sobre todo en el extremo de pedir un homenaje de desagravio a los senderistas internos en el centro penitenciario durante el operativo militar de mayo de 1992.