Esta semana, se promulgó una de las peores normas aprobadas por este Congreso (y eso, como sabemos, es mucho decir). En síntesis, la ley elimina del Código Procesal Penal uno de los tres supuestos por los que un juez podía decretar la detención preliminar de una persona: cuando, sin darse una circunstancia de flagrancia, existían "razones plausibles para considerar que ha cometido un delito" y, al mismo tiempo, hubiera "cierta posibilidad de fuga". A partir de ahora, los magistrados solo podrán ordenar esta medida bajo dos únicos supuestos: para casos de flagrancia y para fugas de centros de detención.El cambio ha levantado un vendaval de críticas y no es para menos. La detención preliminar ha sido una herramienta clave para evitar que numerosos investigados se fugaran mientras los fiscales avanzaban con sus investigaciones y evaluaban si solicitaban a un juez que dictara prisión preventiva (esto, además, en tiempos en los que a las autoridades se les escapan todo tipo de imputados, desde el hermano de la presidenta, Nicanor Boluarte, hasta el excongresista Michael Urtecho).