El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la matanza de 41 terroristas en el penal Miguel Castro Castro en 1992 sigue trayendo ingratas sorpresas. No sólo millonarias reparaciones económicas se destinarán a las víctimas y sus familiares, sino que uno de los acápites de la sentencia ordena un sorprendente e inexplicable acto de desagravio hacia los subversivos.En efecto, el punto 445 de la sentencia establece la necesidad de reparar el daño causado a las víctimas y sus familiares, y de evitar que hechos como los de este caso se repitan. Ante ello, ordena que el Estado realice "un acto público" de reconocimiento de su responsabilidad internacional en relación con las violaciones declaradas en la sentencia "en desagravio a las víctimas y para satisfacción de sus familiares".