Para el doctor en Derecho y expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda, el fallo que declara infundada, con cuatro votos singulares, la demanda competencial del Congreso contra el Poder Judicial no es válida por varias razones. "La decisión que votaron carece de valor, porque al igual que en el Congreso se computa un quórum al inicio, para empezar la reunión, y antes de una votación también se vuelve a computar el quórum", explicó a Correo.Asimismo, acotó que "cuatro votos no hacen una sentencia (...) el conflicto competencial se resuelve con cinco votos como mínimo. Esa sentencia sí puede ser fundada o infundada. Pero cuando no llegan los cinco votos, simplemente se considera improcedente". En esa línea, explicó que el Congreso puede volver a presentar una nueva demanda en el mismo sentido porque "todo lo que es improcedente puede ser vuelto a poner en el tapete".