Nadie ha requerido nuestra opinión sobre algún proyecto del Congreso referido a las funciones y competencias de la justicia militar policial, señaló el presidente del Fuero Militar Policial, mayor general FAP en retiro, Arturo Giles Ferrer.Anotó que los jueces y fiscales se sujetan a la Constitución, las leyes y los convenios internacionales suscritos por el Perú, en el marco del Código Procesal y el Código Penal Militar Policial.Además, recordó que si bien toda ley se presume constitucional, los magistrados del fuero militar policial también pueden aplicar el control difuso y preferir el mandato constitucional.