Se buscará una mayor recaudación para tapar el hueco fiscal ocasionado por medidas populistas. El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1623, que establece mecanismos para la recaudación del IGV por el consumo de servicios digitales y bienes intangibles realizado a través de Internet por personas en Perú, a proveedores que operan desde el exterior. Según la norma, a partir del 1 de octubre se aplicará un impuesto de 18% a diversos servicios digitales, incluyendo:1. Transmisión en línea de contenido digital como imágenes, series, películas, documentales, cortometrajes, videos y música, ya sea por streaming u otras tecnologías. Ejemplos: Netflix, Disney+, Spotify, Apple TV y YouTube Premium.2. Servicios de almacenamiento de información como, por ejemplo, correos electrónicos e iCloud+.3. Provisión de contenido o funciones adicionales en redes sociales, revistas o periódicos en línea.4. Servicios de conferencia remota.5. La intermediación en la oferta y la demanda de bienes o servicios como Airbnb.