EL RETORNO DE LA INMUNIDAD
18 de abril de 2024

Tres años atrás, se aprobó en el Congreso una modificación de la disposición constitucional que otorgaba a los miembros de la representación nacional una inmunidad prácticamente absoluta. La reforma fue saludada por muchos sectores de la opinión pública como un importante avance en el esfuerzo por ponerle coto a la impunidad de la que gozaban los parlamentarios que incurrían en conductas delincuenciales, incluidos aquellos que lo habían hecho antes de haber sido elegidos.Tras el referido cambio, el artículo 93 de la Carta Magna pasó a señalar que la Corte Suprema será la autoridad competente para procesar a los legisladores imputados por delitos comunes durante el ejercicio de su mandato y que, en el caso de ofensas a la ley cometidas antes de que alcanzaran una curul, la competencia recaerá en el juez penal ordinario. Es decir, hoy ya no hace falta que el Congreso levante la inmunidad del parlamentario que se encuentra en esa situación para que sea puesto a disposición de la justicia.