Víctor Ferro, miembro de la comisión de expertos que elaboró el proyecto original de la ley general del trabajo en el 2002, afirmó que la comisión parlamentaria que preside el congresista Aldo Estrada no ha considerado la propuesta efectuada por este grupo de especialistas. Precisó que tampoco se había buscado un punto intermedio en el debate congresal, pues al eliminar el despido injustificado se recogió un esquema proteccionista, que era empujado por los trabajadores. Indicó que, de prosperar su aprobación, se generará un efecto contrario al esperado y que su propuesta era clara : la reposición solo cabe en los casos que lesionan los derechos fundamentales del trabajador. ¿Cuál es el impacto real de la eliminación del despido injustificado? El efecto de esta medida es que consagra la reposición en cualquier clase de despido, olvidando que esta figura solo cabe para el despido nulo; es decir, en aquellos casos en los que un juez evalúa la reposición porque lo que se ha producido es una afectación de los derechos fundamentales del trabajador (cuando es despedido por contraer VIH, ser madre gestante o cualquier otro trato discriminatorio). La eliminación del despido injustificado ata de manos a una empresa porque no podrá despedir por un factor de innovación tecnológica o cualquier otro motivo y pagar una indemnización. Así, en la práctica el trabajador sería dueño de su puesto de trabajo, lo que sin duda convierte a nuestra actual legislación en una de carácter más rígida.