CONSEJO DE LA PRENSA E IPYS RECHAZAN ABSURDO FALLO JUDICIAL
16 de noviembre de 2006

Cuando la jueza del Juzgado Penal 35 de Lima, Mercedes Gómez Marchisio, ordenó al director del diario "Expreso", Luis García Miró, que no publicase ninguna noticia o reportaje periodístico referido al ex ministro de Justicia Diego García Sayán no sabía en el lío en que se metía.Y es que el inciso 4 del artículo 2 de la Constitución Política del Estado es claro cuando refiere que "toda persona tiene derecho a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento (...) sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley".Ayer, el Consejo de la Prensa Peruana y el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) emitieron un pronunciamiento público por separado para rechazar la decisión judicial porque atenta contra la libertad de expresión al imponer la censura previa a un director de un diario de circulación nacional."Es necesario recordar que el segundo párrafo del artículo 317 del Código de Procedimientos Penales era la norma que otorgaba esta facultad a los jueces penales. Sin embargo, esta atentatoria disposición contra la libertad de expresión fue derogada mediante la Ley 26773 (de abril de 1997) por lo que el mandato del Trigésimo Quinto Juzgado Penal de Lima deviene en ilegal", reza el comunicado del Consejo de la Prensa Peruana.