Protestar no es un derecho fundamental y, hacerlo sobre todo de manera violenta, no tiene amparo constitucional. Así se resume la sentencia de casación emitida por la Corte Suprema del Poder Judicial el pasado 17 de abril.El fallo proviene de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside el juez César San Martín y es integrada por los magistrados Manuel Luján, Paloma Altabás, Iván Sequeiros y Walter Cotrina. Establece que "admitir la existencia de un derecho a la protesta, en términos de reclamar o expresar, generalmente con vehemencia, la opinión, queja o disconformidad, llegando a la violencia que vulnera derechos ajenos, es un razonamiento inconstitucional e inconvencional".