SUNAT PAGARÍA MÁS INTERÉS EN DEVOLUCIÓN POR ABONO EN EXCESO O INDEBIDO DEL IGV
26 de enero de 2023

Cuando una empresa realiza pagos tributarios indebidamente o en exceso a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), por conceptos de retenciones o percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV), la entidad tributaria debe hacer la devolución de los montos pero con los intereses respectivos.Sin embargo, la tasa de interés que se aplica para esta devolución no es uniforme, sino que la Sunat tiene tasas diferenciadas, dependiendo de si el pago en exceso se da por responsabilidad de la administración tributaria o del contribuyente.Ahora esta situación cambiaría, pues la Comisión de Economía del Congreso aprobó un dictamen que tiene como objetivo nivelar ambas tasas de interés y con ello el contribuyente reciba el mismo trato en las devoluciones por depósitos en exceso por percepciones o retenciones del IGV.

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