Para el 16 de noviembre próximo, todas las empresas y cooperativas que requieran los servicios de los trabajadores de estiba y desestiba en todos los puertos del país estarán obligadas a contratar una póliza de seguro que cubra los riesgos de accidentes, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).Esta disposición se ajusta a un acuerdo de directorio de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) por el cual se restituye este seguro, que fue eliminado en el 2003 por considerarse que tenía los mismos fines de protección y los beneficios indemnizatorios del seguro social. Sin embargo, no se tomó en cuenta que una gran parte de los trabajadores portuarios son contratados temporalmente y no acceden a este tipo de protección.Este producto, a diferencia del seguro que regía desde 1999, y que, como se dijo antes, se eliminó en el 2003, se ajusta a la naturaleza del trabajo en los puertos, pues exige que el beneficio se haga extensivo a todos los contratos aun en los casos de empleo temporal, discontinuo o de turnos eventuales laborados al mes.La resolución dispone que el número mínimo de trabajadores de estiba y desestiba asegurados en los puertos marítimos será de veinte por cada puerto y, en el caso de terminales fluviales y lacustres, el mínimo será de diez.