Como advirtió Gestión, pronto entrará en vigor el Decreto Supremo 014-2021EM, el cual establece que los grifos solo podrán vender dos tipos de gasolina: regular y premium, dejando atrás las calificaciones anteriores de 84, 90, 95, 97 y 98, por razones ambientales.Pese a que se tenía entendido que dicha norma entraría en vigencia a partir del 1 de julio, ello ya no será así.El Ministerio de Energía y Minas emitió el D.S. 0022022-EM, por el cual establece que los productores, importadores, terminales y distribuidores tienen 30 días adicionales desde la entrada en vigencia de la norma para adecuarse a ella y los grifos30 días más, por lo cual, el dispositivo empezará a surtir efectos prácticos a partir del 30 de agosto de este año.