Para el presidente del Tribunal Constitucional, Javier Alva Orlandini, gracias al nuevo Código Procesal Constitucional -que ha entrado en vigencia desde el 1 de diciembre- y las modificaciones que introduce es posible que se reduzca la carga procesal.Explicó que en el caso del proceso de Amparo, el artículo 38 del nuevo código procesal señala que sólo se puede acudir a la vía constitucional cuando no hay una vía ordinaria igualmente compensatoria, por lo que muchos procesos como las demandas de pensiones y temas laborales serán de conocimiento exclusivo del Poder Judicial y no serían materia de acciones de amparo en el TC.