El anteproyecto para el nuevo Código de Trabajo incluye las modificaciones a la tercerización laboral aprobadas mediante el Decreto Supremo 001-2022-TR, emitido en febrero. Esa medida restringe la posibilidad de realizar esta modalidad de contratación en actividades nucleares de los negocios.El decreto define a una actividad nuclear como "la actividad de la empresa que suele reportarle mayores ingresos". La misma definición es recogida en el anteproyecto.La medida también contempla ligeras actualizaciones al reglamento de tercerización. "Solo se permite la contratación indirecta de personal para cubrir necesidades de suplencia u ocasionales y tercerización de servicios y obras", se indica.