Para evitar que el uso indiscriminado de la tercerización convierta a este mecanismo en una de las principales causas del abaratamiento de los costos laborales afectando los derechos de los trabajadores, las empresas no podrán tercerizar las actividades que formen parte del núcleo de su negocio.Esto en aplicación del D.S. Nº 001-2022-TR que modifica el reglamento de la Ley N° 29245 y del D. Leg. N° 1038, que regulan los servicios de tercerización.