El afán del Gobierno y el oficialismo por conseguir que, sobre la sola base de la recolección de una determinada cantidad de firmas, se convoque un referéndum que conduzca a la elección de una asamblea constituyente sufrió recientemente una nueva derrota. Como se sabe, la semana pasada el Congreso aprobó, con una mayoría de 72 votos, la insistencia sobre la norma que ese mismo poder del Estado había evacuado tiempo atrás con relación a los límites que la Constitución establece a las iniciativas para convocar una consulta popular de ese corte. Se trataba, en realidad, de una ley que reafirmaba lo que la actual Carta Magna señala al respecto en su artículo 206. A saber, que cualquier empeño de ese tipo requiere forzosamente de la aprobación del Parlamento para poder ir adelante.