SE BUSCA EVITAR BENEFICIOS TRIBUTARIOS SOBRE BIENES O SERVICIOS QUE DAÑEN SALUD Y AMBIENTE
24 de enero de 2022

El reciente Decreto Legislativo publicado (N° 1521) actualiza las reglas a las que deben sujetarse los contribuyentes para la evaluación y aprobación de las exoneraciones, incentivos y beneficios tributarios, informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).La cartera precisó que si bien las exoneraciones, incentivos y beneficios tributarios, constituyen instrumentos de la política económica de un país destinados a promover objetivos de política económica o social, el uso de estos instrumentos implica una menor recaudación tributaria.Con esto, se modifica la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario, considerando las recomendaciones de varios organismos internacionales de la OCDE, la ONU y la OEA, y se añaden las siguientes condiciones: Por ejemplo, se establece que no deberán concederse exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios sobre impuestos selectivos al consumo (ISC) ni sobre bienes o servicios que dañen la salud y/o el medio ambiente.

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