El Congreso de la República promulgó este miércoles 18 de agosto la ley que modifica la norma que regula el cierre de minas, el cual, además, incluye que el incumplimiento del Plan de Cierre de Minas o dejar inactivas las áreas, labores, e instalaciones de una unidad minera será sancionado con cárcel por hasta siete años y con 300.000 días-multa.Asimismo, se especifica que el contenido del plan será determinado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem) previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente (Minam).