El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) consideró que los contratos de concesión suscritos por Telefónica del Perú y el Estado son "contratos ley" y no pueden ser modificados por el dictamen de ley para eliminar la renta básica en telefonía fija.Según un oficio remitido el miércoles a la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República, dicha afirmación está en concordancia con lo expresado por el Tribunal Constitucional en su sentencia del 3 de octubre del año 2003.En dicha sentencia se reconoce expresamente la imposibilidad de modificar las cláusulas contractuales pactadas por el Estado peruano en los contratos leyes que firme, lo cual forma parte del respeto del Principio de Seguridad Jurídica. "Una eventual aprobación del proyecto de ley bajo comentario (que elimina la renta básica), devendría en inaplicable para Telefónica del Perú toda vez que dicha empresa podría invocar la garantía constitucional de legislativa de que gozan las cláusulas de sus contratos de concesión", enfatizó el regulador. Agregó que los órganos del Poder Judicial ya han señalado en sentencias con carácter de cosa juzgada, que la renta mensual se encuentra establecida en los contratos de concesión.