Tres meses después de publicada la nueva ley del régimen agrario, el Ministerio de Desarrollo Agrario y el Ministerio de Trabajo publicaron los dos reglamentos de la ley, precisando aspectos que habían quedado inciertos. Sin embargo, estos reglamentos también introdujeron un aspecto no previsto en la nueva ley. "Cuando se publicó la ley, se dispuso que la remuneración diaria estaría compuesta por un monto prorrateado de la remuneración mínima vital, la gratificación y la CTS", explica Germán Lora, socio del estudio Damma.