CONTRATACIÓN ESTATAL. En otra muestra del poco criterio técnico que tiene el actual Congreso, decidió aprobar la eliminación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), norma que ya entró en vigor con dos consecuencias inmediatas. La primera impide al Estado contratar personal bajo este régimen, salvo que se trate de suplencia, necesidad transitoria o personal de confianza (temporal). La segunda es que se debe incorporar a todo el personal CAS, ya sea a la Ley 728 o a la 276, según corresponda. Es verdad que resulta indispensable revisar y ordenar el sistema de contratación de personal en el Estado. Es inadmisible la infinidad de regímenes laborales existentes y las dificultades tanto para contratar personal de primer nivel como para despedir a los que no se encuentran capacitados para desempeñar sus labores. También es criticable que mientras se supervisa al sector privado para que cumpla con las obligaciones laborales de los trabajadores, el Estado tenga personal al que se le renueva contrato cada mes y que no cuenta con los beneficios adecuados, sin problema alguno.