DETALLAN LOS RUBROS Y SERVICIOS PERMITIDOS
29 de enero de 2021

El Ejecutivo estableció la lista de actividades económicas que estarán permitidas durante la inmovilización social obligatoria en las regiones con nivel de alerta sanitaria extrema, que entrará en vigencia del 31 de enero al 14 de febrero de este año.Entre los rubros económicos y servicios que continuarán labores figuran las siguientes: agricultura, pesca y acuicultura, energía, hidrocarburos, minería y actividades conexas, manufactura en general y construcción.Durante la cuarentena también se permitirá que clínicas, farmacias y boticas presten atención. Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros dio a conocer que podrán funcionar los siguientes servicios: transporte de pasajeros por vía férrea, navegación, emisión de brevetes, inspección vehicular, mensajería, hospedaje y alojamiento, entre otros.