La Comisión de Constitución del Congreso aprobó que el régimen de residencia temporal o juicio de residencia sea por un periodo de un año para los expresidentes del país, una vez concluya su mandato, es decir no podrán salir del Perú en dicho plazo.Dicha propuesta, que recoge las iniciativas de las bancadas del Frepap y del Partido Morado, refiere que modificar el artículo 112 de la Constitución, incorporando el siguirente párrafo:"Culminado el mandato presidencial conforme a norma, el expresidente de la República o quien hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional de manera temporal por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida por el Congreso con más de la mitad del número de congresistas considerando las razones objetivas que hubiese motivado la solicitud", señala.