GOLPE DE OCKHAM
26 de noviembre de 2020

Los hechos que precipitaron la vacancia de Martín Vizcarra hace dos semanas son materia de diversas interpretaciones en la opinión pública y los medios. Entre ellas, existe una que ha generado bastante ruido y según la cual lo sucedido fue un golpe de Estado, derivado del uso inconstitucional del artículo 113 de la Carta Magna por parte de los 105 congresistas que votaron a favor de la controvertida iniciativa.Como se sabe, en El Comercio no compartimos esa lectura. Desde estas páginas dijimos en los días previos al pleno en el que la vacancia se materializó que, por serias que lucieran las acusaciones de corrupción que pesaban sobre el entonces mandatario, lo sensato era dejarlo terminar su mandato y avanzar mientras tanto con las investigaciones hasta donde fuera posible, para luego, a partir del 28 de julio del próximo año, tomar las determinaciones y acciones que hiciera falta. La situación del país, opinamos, no estaba como para forzar una crisis de esas dimensiones. Pero una mayoría de la representación nacional creyó que sí y cometió el despropósito de lanzarnos al caótico y trágico escenario que conocimos en los días posteriores.No todo despropósito, sin embargo, supone violar la Constitución. El artículo que habla sobre la "incapacidad moral permanente" -con lo difuso que, para bien o para mal, ese concepto resulta- estaba en el texto constitucional cuando los parlamentarios decidieron echar mano de él y nos parece que, en esa medida, se respetaron los cauces institucionales. El gobierno encabezado por el congresista Manuel Merino perdió sin duda en los días subsiguientes la poca legitimidad de la que gozaba y tuvo que entregar las riendas del poder.