REPROGRAMACIÓN SE ATENDERÁ EN 15 DÍAS
9 de octubre de 2020

Ayer se promulgó la ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas. La norma señala, entre otras cosas, que las empresas del sistema financiero (ESF) tienen un plazo para la atención de la solicitud de reprogramación, incluyendo la evaluación previa, de máximo 15 días.Hay que precisar que podrán acogerse quienes tengan un crédito de consumo y personales no mayor a S/10,000 al 31 de agosto de 2020; quienes cuenten con un préstamo hipotecario cuyo monto de origen no sea mayor a S/250,000 y sea para la primera vivienda.