Sinceramiento de costos. Así como pasó en los colegios, las universidades e institutos del sector privado deberán ajustar el monto de sus créditos o pensiones de manera proporcional con la reducción de sus gastos producto de las clases virtuales que vienen brindando por efecto de la pandemia del COVID-19.Así lo dispone un dictamen que agrupa ocho proyectos de ley y que fue aprobado por la Comisión de Educación del Congreso. Esta propuesta, que debe debatirse en el Pleno, establece medidas para asegurar la continuidad de los estudios en las instituciones educativas públicas y privadas de las etapas de educación básica y superior en el contexto de la emergencia.Entre ellas se señala que en ningún caso el cobro del crédito o la pensión puede incrementarse por las clases virtuales.También se precisa que, una vez aprobado dicho dictamen, las universidades o institutos tienen que enviar un reporte del nuevo valor del crédito o la pensión al Indecopi. Lo deben hacer en un plazo de 20 días.