DERECHOS DEL SUBSUELO: ¿QUÉ NOS MUESTRA EL CASO CANADIENSE?
28 de agosto de 2019

¿Sabías que si encuentras una mina de oro debajo de tu casa no te pertenece?El artículo 66 de la Constitución Política del Perú dice lo siguiente: "Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares"."El Estado y todos los peruanos somos propietarios de los recursos naturales", explica Manuel Fumagalli, presidente de la Sociedad de Minería Petróleo y Energía (SNMPE).Sin embargo, advierte el ejecutivo, siempre es necesario que la empresa negocie con el dueño del terreno para iniciar cualquier exploración.Dicho marco legal no se repite en todos los países. Nuestras leyes provienen del derecho civil. En contraste, existen las naciones que se regulan bajo el derecho anglosajón ("Common Law"). Este es el caso, por ejemplo, de Canadá (en algunas regiones) o Australia.Bajo el sistema anglosajón, hay una negociación directa entre quien quiere explotar el recurso natural y el dueño del terreno, destacó Carlos Diez Canseco, presidente ejecutivo de Andina Consultoría.Sin embargo, el experto resaltó que existen casos en nuestro país, como el de Las Bambas, donde se habrían logrado acuerdos ventajosos para las comunidades, aunque estas no sean dueñas del subsuelo.En suma, lo más importante, según los expertos consultados, quizás no es a quién le pertenece el subsuelo, sino que las instituciones funcionen y hagan cumplir la ley, buscando equidad.