La medida fue autorizada mediante Resolución Suprema 080-2019-IN, con base en un informe de la IX Macrorregión Policial Arequipa, advirtiendo de la realización de acciones de fuerza en Islay que podrían afectar el normal desenvolvimiento de las actividades en el terminal portuario, sobrepasando a su vez la capacidad de control del orden interno de la Policía. La norma aclara que la intervención de las Fuerzas Armadas no implica la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, las leyes y los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el Perú es parte.