Mediante la resolución N° 00010-2019, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció el marco normativo para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) efectúen aportes voluntarios a las AFP a través de promociones asociadas al consumo de bienes o servicios.Así, por ejemplo, si un afiliado obtiene un 10% de descuento en un comercio, este -en lugar de hacerse efectivo- se destina al fondo o cuenta individual de capitalización (CIC) del afiliado en la subcuenta de aportes voluntarios sin fin previsional.Para este fin, las AFP deberán celebrar convenios con empresas de servicios interesadas en participar, para que estas actúen como -aliados comerciales- y canalicen los recursos destinados al aporte voluntario.