La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cuestionó la validez de la autorización otorgada por el Ministerio de Trabajo a una empresa para brindar servicios complementarios a empresas del mismo rubro o de intermediación laboral (Res. de Int. N° 162 – 2018 – Sunafil/ILM). A consecuencia de esta fiscalización, la Sunafil declaró desnaturalizado el contrato de intermediación laboral y la contratación directa de los trabajadores con la empresa que recibía los servicios complementarios (de digitación).