"EN NEGOCIACIÓN COLECTIVA, SE BUSCA LA ARMONÍA CON EL PRESUPUESTO"
6 de noviembre de 2018

Tras la reciente aprobación de la ley que impulsa la negociación colectiva en el Estado, el Ejecutivo no ha hecho pública aún su postura sobre la posibilidad de observarla. El titular del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Christian Sánchez, explica la opinión de la entidad que maneja y anuncia novedades para el Seguro Social de Salud y para la lucha contra el desempleo juvenil.En un panorama donde el gobierno busca la disciplina fiscal, ¿cuál es la postura del MTPE sobre la aprobación de la ley que impulsa la negociación colectiva pública en materia económica? El ente competente en empleo público tiene que ver con la Autoridad Nacional de Servicio Civil. Desde el MTPE representamos al Estado en el ámbito de la conferencia de la Organización Internacional del Trabajo y respondemos por los convenios ratificados por el Perú. Dentro de estos, algunos están vinculados a la negociación colectiva de este sector. En armonía con la posición de garante de estos convenios, no se puede prohibir la negociación colectiva con contenido salarial en el sector público por una razón: ningún convenio en el ámbito de la OIT, ni los pronunciamientos de los órganos de control de la OIT, permiten una prohibición absoluta, es una posición jurídica.Existen, sin embargo, posturas que indican que representaría un riesgo para el presupuesto estatal.Desde una razón jurídica y práctica, quienes argumentan que toda negociación colectiva de contenido económico irremediablemente, en todos los casos, va a afectar al presupuesto, argumentan con una falacia. Tiene que existir una legislación que regule la negociación colectiva, que no prohíba su contenido económico y que armonice límites presupuestales con contenido. La posición del sector Trabajo va en este sentido.¿Han podido conversar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al respecto?Con el MEF puede haber diferencias en matices, pero coincidimos en que tiene que existir una relación no necesariamente contradictoria, sino de concordancia práctica y armónica entre el derecho a negociar mejoras económicas y los límites presupuestales que se necesitan atender en todo Estado.