HIDROCARBUROS Y MEDIOAMBIENTE
16 de septiembre de 2018

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó esta semana el D. S. Nº 023-2018-EM, que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos con la finalidad de reducir los impactos ambientales del sector y así asegurar una mayor eficacia en la protección del ambiente y la salud de las personas.La promulgación resulta oportuna en la medida en que ratifica el compromiso del Gobierno con la protección del medioambiente en el desarrollo de las industrias extractivas, echando por tierra las dudas y especulaciones sobre la posible flexibilización de estas a partir del debate de la nueva Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH), propuesta por el Poder Ejecutivo, que ya cuenta con dictamen favorable en la Comisión de Energía y Minas del Congreso. El 12 de agosto, la Defensoría del Pueblo emitió un informe en el que señala que las modificaciones incorporadas a la LOH debilitarían en su rol al Ministerio del Ambiente (Minam) respecto al rubro hidrocarburos, al dar la categoría de vinculante a las opiniones previas que el MEM emita sobre las normas referidas al sector.El viceministro de Hidrocarburos, Eduardo Guevara, asegura que esto no es así, que no se afecta en lo más mínimo las atribuciones del Minam, que el proyecto en cuestión ha sido revisado artículo por artículo con este ministerio, y que sus observaciones fueron aceptadas e incorporadas al texto final, como corresponde a su condición de ente rector en temas ambientales en el país.El funcionario ratifica que no hay ninguna intención de reducir los estándares ambientales, pues de nada sirve una ley que no respeta la regulación ambiental, sobre todo -y esto es agregado nuestro- en un contexto donde las empresas hacen esfuerzos para obtener la licencia social de sus proyectos, que los proteja de los conflictos con las comunidades circundantes.Pero si no bastan las palabras, ahí están las normas. El decreto supremo aprobado esta semana también cuenta con la opinión favorable del Minam, y entre los cambios aprobados figura el establecimiento de un mecanismo para asegurar la remediación ambiental en los casos en los que no se llega a aprobar el Plan de Abandono a cargo del titular de la actividad. En esos casos, el MEM estará facultado para encargar la elaboración y ejecución de ese plan al Fondo Nacional del Ambiente (Fonam) u otra entidad pública o privada, en nombre de la empresa y con cargo a la garantía financiera del plan. Asimismo, inaugura un régimen de incentivos aplicables a las actividades de hidrocarburos como parte del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, con lo que se busca promover que los administrados asuman mayores compromisos ambientales que los establecidos en la normativa vigente. Dicen que lo que no te mata, te hace más fuerte, y en el caso que nos ocupa es importante que el Gobierno destierre toda duda que lleve a pensar en un ablandamiento de las normas ambientales, precisamente porque lo que quiere el país es un marco legal vigoroso en la promoción de la inversión y de respeto de los ecosistemas.(Edición sábado).