SE VIENE CONFLICTO POR FIJACIÓN DE TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA
17 de septiembre de 2018

La sideral divergencia entre la propuesta de las empresas Enel Generación Perú SAA y Luz del Sur SAA, con la publicada por el regulador Osinergmin, por la fijación de las tarifas de distribución de electricidad para el período 2018-2022, conocidas con el nombre de Valor Agregado de Distribución (VAD), avizora un conflicto de proporciones, como el vivido en el año 1997 que terminó en un contencioso administrativo en un Juzgado Civil de Lima que fue materia de amplio despliegue mediático, pues ocurría a solo tres años de haberse privatizado la distribución en Lima y Callao.En esta oportunidad lo más probable es que se termine en un arbitraje en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) donde en los últimos años hemos entrado en la categoría de visitantes frecuentes por el torpe manejo de los funcionarios y gobernantes.El VAD, que es el ingreso que perciben los concesionarios de distribución se calcula en tres niveles: media tensión (MT), baja tensión (BT) y subestaciones. El primero es aplicable a consumidores industriales o comerciales de alto consumo, como es caso de los grandes centros comerciales.El segundo nivel corresponde a usuarios industriales y comerciales medianos y pequeños, comprendiendo también al sector domiciliario. El nivel de las llamadas subestaciones corresponde a los centros donde se disminuye el nivel de tensión de MT a BT.En el caso de Enel, la publicación del regulador es menor en 23 % en MT, 33 % en BT y 22 % en subestaciones respecto a la propuesta de la multinacional italiana. A Luz del Sur, de capitales americanos, no le fue mejor, pues se han publicado valores que son menores a los planteados en 45 % en MT, 40 % en BT y 18 % en subestaciones.Adicionalmente pende como "espada de Damocles", la fijación del valor del dinero en el tiempo que, en terminología económica, se le conoce como tasa de descuento, y que en la legislación de electricidad peruana se le denomina tasa de actualización, que podría ser disminuida del 12 % actual a 10 %.La fundamentación está normada y el informe encargado por Osinergmin a una consultora, como manda la normativa, ya se ha hecho y el expediente está en el escritorio del ministro Francisco Ísmodes para la firma. De estamparse la rúbrica, los valores calculados por Osinergmin descenderían en 14 % adicionales, creando una hecatombe. Este es un tema para un siguiente artículo.