El Poder Ejecutivo emitió un decreto legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado de los servidores de las entidades públicas favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar, con lo cual se podrán fraccionar las vacaciones por periodos menores a 7 días, previo acuerdo con el empleador.Mediante Decreto Legislativo 1405, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se busca contribuir a la modernización del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado.La presente norma es aplicable a los servidores del Estado bajo cualquier régimen de contratación laboral, especial o de carrera, incluyendo al cuerpo de gerentes públicos, salvo que se regulen por normas más favorables.De esta manera, los servidores tienen derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de 30 días calendario por cada año completo de servicios.