CORRUPCIÓN EN ÁMBITO PRIVADO SERÁ CASTIGADA HASTA CON 4 AÑOS DE CÁRCEL
5 de septiembre de 2018

La corrupción en el ámbito privado será castigada con una pena privativa de la libertad no mayor de cuatro años e inhabilitación, según el decreto legislativo publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial el Peruano.El Decreto Legislativo 1385 modifica el Código Penal a fin de sancionar penalmente los actos de corrupción cometidos entre privados que afectan el normal desarrollo de las relaciones comerciales y la competencia leal entre empresas.La sanción comprende al socio, accionista, gerente, director, administrador, representante legal, apoderado, empleado o asesor de una persona jurídica de derecho privado, organización no gubernamental, asociación, fundación, comité.Dicha persona, directa o indirectamente habrá tenido que aceptar, recibir o solicitar donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar u omitir un acto que permita favorecer a otro en la adquisición o comercialización de bienes o mercancías, en la contratación de servicios comerciales o en las relaciones comerciales.Además de la prisión privativa de la libertad, se considera de 180 a 365 días multa.