El Gobierno estableció un mecanismo de racionamiento para el abastecimiento de gas natural al mercado interno ante una declaratoria de emergencia, con el fin de fomentar y desarrollar la industria. El Decreto Supremo Nº 017-2018-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, considera que el mecanismo se establece ante situaciones que afecten y pongan en emergencia el abastecimiento de gas natural en el país, de forma total o parcial en el mercado interno.La presente norma es de cumplimiento obligatorio por los productores, los concesionarios de transporte de gas natural por ductos, los concesionarios de transporte de líquidos de gas natural por ductos, los concesionarios de distribución de gas natural por red de ductos, los operadores de plantas de licuefacción, el Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (COES) y los consumidores de gas natural.Agrega que la activación de la emergencia debe ser comunicado y sustentado indicando el plazo de duración del desabastecimiento y volumen de gas natural disponible a suministrar al mercado nacional.