CORTE SUPREMA VARÍA REGLAS DE PAGO EN UN DESPIDO ARBITRARIO
6 de julio de 2018

La Corte Suprema precisó que es suficiente con que el empleador detalle cada uno de los conceptos de la indemnización y beneficios sociales, cuando son abonados en favor del trabajador, y en el caso de que este retire los depósitos de sus cuentas bancarias no podrá luego exigir la reposición en el puesto (Cas N° 19090 - 2016- Lima). De esta manera, se brinda una facilidad al empleador ante su decisión unilateral de dar por concluida la relación laboral y pagar la indemnización correspondiente. La indemnización por despido arbitrario equivale a un sueldo y medio por año laborado, con el tope de doce sueldos.

  • [Gestión,Pág. 12]
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