Con el Congreso y Ejecutivo discutiendo sobre las exoneraciones tributarias y los ingresos del Estado, las devoluciones de impuestos han saltado a la palestra. Entre estas, una de las más importantes es la devolución de IGV por exportaciones.Como se sabe, el IGV es un impuesto al consumidor final de un bien o servicio. En el ámbito internacional, el llamado IGV en el Perú se conoce como IVA, y en todos los países en que se da, cumple una regla sencilla: las exportaciones no pagan IVA, pero las importaciones sí. O, lo que es lo mismo, el impuesto al consumidor final se paga donde se consume el bien.Sin embargo, esta regla genera una complicación para las empresas exportadoras: ellas pagan parte del IGV cuando compran insumos o activos, aun cuando no son consumidores finales y no deben cargar con este impuesto. Esto, que se da en todos los países, lleva a que se creen mecanismos para que todos los exportadores recuperen el impuesto que no debieron pagar.Usualmente, la devolución de IGV se realiza de manera implícita al calcular el IGV a pagar por una empresa.