El proyecto de ley 2408, que reemplazaría al Decreto de Urgencia (D.U.) 003, fue aprobado el martes, durante la sesión conjunta de las comisiones de Justicia y Economía del Congreso de la República. Aunque para varios especialistas el proyecto reúne significativas mejoras, no está exento de críticas.Una de las grandes observaciones a la norma -que se espera sea incluida en la agenda del pleno hoy- se refiere a la reparación civil. El proyecto establece que a las compañías que deseen vender sus activos se les retendrá el 50% del precio de venta hasta por el monto que cubra la reparación civil estimada por el procurador y el íntegro de la deuda tributaria exigible.Para Gonzalo Prialé, presidente de la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN), la estimación de la reparación civil y la recaudación de pagos en el fideicomiso violan la presunción de inocencia. A esta crítica se suma que el proyecto no especifica el método que deberá usar el procurador para estimar la reparación.Uno de los puntos que generaron mayor debate en el Congreso fue la inclusión de la figura de responsabilidad solidaria (el pago de la reparación civil recae por igual en las empresas que forman un consorcio).Sin embargo, casi por consenso, se acordó el martes cambiarla por la de responsabilidad mancomunada (las compañías pagarán la reparación civil a favor del Estado considerando el porcentaje de participación que tengan en un consorcio).