REGALÍAS POR LA EXPORTACIÓN DEL GAS DEBE PAGARSE POR EL DESTINO FINAL DE CONSUMO
6 de febrero de 2018

Una resolución del CIADI del 2015, por el caso de reexportación de 10 embarques de gas de Camisea en el 2011, fijó que la metodología para el cálculo de pago de regalías al Estado peruano sea en base al destino final de consumo de ese gas.En tal sentido, Aurelio Ochoa, ex presidente de Perupetro señaló que Shell (comercializador del gas) busca negociar esta metodología y pagar regalías en función al lugar de desembarque."Por qué razón hoy voy a renegociar algo que ya fue dirimido en el CIADI", cuestionó Ochoa en respuesta a las versiones que dan cuenta de una conversación entre el Consorcio Camisea y Perupetro para renegociar ese tema.Ochoa dijo que el área de control interno de Perupetro insiste que se tiene que aplicar la fórmula propuesta por el CIADI y no la del contratista que es un promedio de una canasta de gas, pero solo de desembarque.